Reglamento

  1. CONSULTAS:

El catálogo impreso y el catálogo informatizado con los que cuenta la biblioteca estarán a disposición de todas las personas que deseen consultarlos, sean o no usuarios de la biblioteca y su consulta es totalmente gratuita.

  1. COMPORTAMIENTO DE LOS USUARIOS EN EL AMBITO DE LA BIBLIOTECA:

Se establece que se guardará silencio, no se efectuarán preguntas en alta voz, ni se perturbará el orden general con actos que puedan distraer la atención de los demás lectores.

  1. PRESTAMO DE LIBROS A DOMICILIO:

Se establecen las siguientes categorías de lectores:

    • Estudiantes de la Unidad Académica Trenque Lauquen
    • Personal Docente de la Unidad Académica
    • Personal No Docente
    • Graduados de la Universidad Tecnológica Nacional.
    • Investigadores y funcionarios

Todos los alumnos regulares de la Unidad Académica, serán inscriptos en el Registro de Lectores  de la Biblioteca, obligándose a cumplir con todos los artículos del Presente Reglamento.
Una vez explicitadas las categorías de lectores se establece que, en el presente Reglamento se  referirá a éstos con la denominación genérica de “usuario”.

  1. FICHA DE IDENTIDAD:

En esta ficha se registran las renovaciones, los cambios de domicilio, sanciones y demás datos que constituyan los antecedentes del usuario. Esta ficha se ordena alfabéticamente y constituye el fichero de identidad del lector.

  1. PRESTAMO:

Los libros destinados al préstamo constituyen los Textos Universitarios. Asimismo, otras obras que integran la Biblioteca General podrán ser facilitadas en préstamo siempre que no se trate de obras de referencia agotadas, antiguas, muy valiosas o la cantidad existente en Biblioteca sea limitada. En este caso serán consultadas en la Sala de Lectura.
Las publicaciones periódicas son únicamente para consulta en sala de lectura o para trabajar en el aula.

  1. NUMERO DE PIEZAS QUE SE OTORGAN EN PRESTAMO Y PLAZOS:

Se prestarán como máximo dos ejemplares por vez. Para seminarios y trabajos de investigación se podrá contemplar un mayor número de libros y plazos especiales. Tal autorización será otorgada por escrito, por el personal a cargo de la Biblioteca. El plazo es de diez días corridos, si el vencimiento ocurriese un día feriado o no hábil, el mismo pasa al día hábil siguiente, sin renovación automática. Las renovaciones deben efectuarse personalmente.
Las obras cuya distribución temática se presente en distintos volúmenes, sea que el lector retire    (1) un volumen o toda la obra, será considerado como un sólo préstamo.
Las obras únicas podrán ser consultadas en sala de lectura y/o retirarlas por fin de semana.
Las obras de referencia serán consultadas en sala de lectura (manuales, diccionarios, obras de referencia especializada por materias, otras).
En todos estos casos, la Biblioteca podrá hacer las debidas excepciones a pedido del interesado.

  • RENOVACION:

El usuario que puede hacer uso de éste servicio, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser alumno regular
  • Pertenecer a la planta docente de ésta casa de estudios
  • Ex alumno (graduado) que guarde relación directa con la institución

Las renovaciones se pueden efectuar, con un día de anticipación a las fechas indicadas en la ficha libro, situada en la contratapa. Dicha anticipación, le permitirá al usuario disponer del tiempo necesario, si el libro se encuentra reservado para la fecha de devolución que el mismo tenía, y evita de ésta manera ser sancionado con suspensiones.
Las mismas se pueden efectuar, por teléfono al siguiente Nro: 02392 – 422023  o a través del correo electrónico de la Biblioteca : biblioteca@frtl.utn.edu.ar.
Confirmada la reserva de los títulos de interés, el usuario tendrá un período de 48 hs. a partir de la devolución del libro, si se encontraba en préstamo, o para retirarlo en la fecha prevista.
Los préstamos podrán renovarse siempre que el material no haya sido solicitado por otro lector. A tal efecto se habilitará un registro de Reserva de Textos, el que deberá ser consultado previo  a la renovación.

  1. REGISTRO DE PRESTAMOS:

 El personal a cargo de la Biblioteca confeccionará un Registro (fichero de préstamo) en el que anotará lo siguiente:  fecha de entrega del libro, apellido y  nombre de quien retira el libro, fecha de vencimiento, fecha de renovación y fecha de devolución. Esto quedará asentado en la ficha del libro que se otorga en préstamo.
Por otro lado en la ficha perteneciente al usuario se consignan los siguientes datos: fecha de entrega, clave (CDU), Inventario, fecha de vencimiento, fecha de renovación, fecha de devolución y firma del usuario.  

  1. SANCIONES:
  • El usuario que no cumpliera en término con la devolución de los libros retirados, tendrá una sanción automática  de dos días por cada día de atraso.
  • El usuario que incurriera por tercera vez en la suspensión establecida en el Art. 7°, inciso a) quedará suspendido definitivamente del Registro de Lectores.
  • Aquel usuario que, vencido el plazo, no devolviera el material retirado, no podrá realizar ningún trámite oficial ante la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL, hasta tanto no efectúe dicha devolución, sin perjuicio de la aplicación de suspensión a que hace referencia el Art. 9°, inciso a) del presente Reglamento.
  • Todo libro retirado de la Biblioteca deberá ser devuelto a la misma, independientemente de los plazos anteriores antes del 28 de diciembre de cada año. El personal docente y graduados devolverán a la Biblioteca todas las obras que hayan retirado de la misma, quince días antes de toda iniciación de períodos de exámenes, con el fin de facilitar su consulta por el alumnado.
  • Atrasos superiores a 30 días, se informará a la Secretaría Académica para la resolución del caso
  1. DEUDA DE LIBROS:

Los usuarios categoría a) que posean libros en préstamo y tengan vencidos los plazos de devolución, no podrán  rendir examen final en las asignaturas que forman parte del plan de estudios vigentes. Para ello la Biblioteca deberá expedir el certificado de libre deuda.

  1. REPOSICION DE LIBROS:

Cuando el usuario haya extraviado un libro que ha retirado en préstamo deberá comunicarlo de inmediato por  nota y reponer un ejemplar de la  misma obra.
Cuando este material se encuentre agotado, la Biblioteca indicará otros títulos para reemplazarlo.

  1. USUARIOS CON SANCIONES EN EL AMBITO DE LA UNIDAD ACADEMICA:

Todo usuario que haya sido sancionado en el ámbito académico, pierde su derecho como tal,   durante el tiempo que tenga vigencia la sanción.  

Toda La reglamentación citada, será flexible a modificaciones de acuerdo a las demandas de los usuarios, y cuando la seriedad de la temática así lo amerite.